¿Qué son los precursores?

Los precursores, son productos químicos indispensables para la producción de drogas de uso ilícito, que se integran al producto final, ya sea la totalidad o parte de su molécula o que actúan como intermediarios en la obtención del producto que queda integrado a la droga.

Muchas industrias manejan dentro de sus procesos químicos este tipo de productos en forma legal. Sin embargo, dada su connotación, su importación, exportación, reexportación y consumo local se encuentra regulado por el estado costarricense.

¿Si su empresa utiliza precursores, ante qué institución debe obtener los permisos?

La normativa tanto nacional como internacional, sienta las bases para la aplicación de distintos mecanismos de control y fiscalización, con el fin de garantizar el uso legítimo de los precursores. La Unidad de Control y Fiscalización de Precursores del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), es la encargada en Costa Rica de velar por la aplicación de estos mecanismos, dentro de los que se encuentran: 

  • Registro de todo importador, exportador o reexportador de precursores así como de las personas físicas o jurídicas que se dedican, en el nivel nacional, a la fabricación, distribución y cualquier otro tipo de uso de los precursores propiamente dichos y de algunos de los químicos esenciales que son especialmente susceptibles de desvío. 
  • Autorización previa de todas y cada una de las transacciones de importación, exportación o reexportación de precursores. 
  • Realización de inspecciones y auditorías a los establecimientos que manejan precursores.

¿Cuáles son las obligaciones de los usuarios de precursores?

Quienes se registran como importadores, exportadores, reexportadores o compradores locales de precursores y máquinas controladas, asumen el compromiso moral y legal de velar por la seguridad y el correcto uso de estos productos. Entre las obligaciones que la Ley 8204 establece para ellos están:

  • Llevar registros de cada transacción que se realice con este tipo de productos.
  • Los registros y los documentos que respaldan las transacciones con productos controlados, efectuadas o en proceso, deben mantenerse en la empresa.
  • Remisión de Informes Mensuales.
  • Obligatoriedad de informe inmediato de transacciones sospechosas, pérdidas o desaparición inusual de precursores.
  • Obligatoriedad de suministrar muestras de los precursores y de permitir la inspección y auditoría de productos químicos.

¿Cuáles son las sustancias consideradas precursores?

La resolución UCFP-RES-1263-2023 detalla la actualización de la lista de sustancias o productos químicos esenciales controlados en sus listas 1, 2 y 3. Se pueden consultar en el siguente link: https://www.icd.go.cr/portalicd/index.php/mnu-listados-controlados-precu

Si usted es importador, exportador o consumidor local de precursores y máquinas controladas debe obtener las autorizaciones respectivas, tales como el registro y la obtención de una licencia ante el ICD. AMCIS CONSULTORES cuenta con el personal técnico para ayudar a su empresa a obtener los permisos pertinentes. Contáctenos y lo asesoraremos.

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