Prevención, Preparación y Respuesta ante Accidentes Químicos

Nuevo reglamento N° 44741-S-MAG: Prevención, preparación y respuesta ante accidentes químicos en Costa Rica, es una de las obligaciones de las empresas que manejen sustancias químicas.

Empezará a regir en mayo de 2025.

Los principales pasos para cumplir con el reglamento son:

1. Clasificación del Riesgo de los Establecimientos

Los establecimientos que importen, almacenen, fabriquen, procesen, comercialicen, reenvasen o manipulen sustancias químicas o sus residuos deben realizar un análisis de riesgo asociado a las sustancias que manejan.

  • Procedimiento:
    • Elaborar un listado detallado de las sustancias químicas presentes en el establecimiento.
    • Comparar las cantidades de estas sustancias con los límites establecidos en el Cuadro 3 (Lista de Sustancias Químicas Peligrosas Nominadas) y el Cuadro 4 (Categorías de Peligro de Sustancias Químicas Peligrosas) del reglamento.
  • Responsable: Un profesional inscrito en el Colegio de Ingenieros Químicos o el Colegio de Químicos de Costa Rica.

2. Declaración Jurada y Notificación de Modificaciones

  • Declaración Jurada:
    • Todos los establecimientos, sin importar su nivel de riesgo, deben presentar la Declaración Jurada de Manejo de Sustancias Químicas Peligrosas ante el Ministerio de Salud o SENASA.
    • Esta declaración debe incluir:
      • Listado de sustancias químicas.
      • Descripción de procesos y actividades.
      • Ubicación de áreas de almacenamiento y procesamiento.
      • Datos del representante legal y del profesional responsable.
    • Plazo: 4 meses después de obtener o renovar el Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) o el Certificado Veterinario de Operación (CVO).
  • Notificación de Modificaciones:
    • Si ocurren cambios que afecten la clasificación de riesgo (aumento de sustancias, modificación de procesos, etc.), el establecimiento debe notificarlo al Ministerio de Salud o SENASA en un plazo máximo de 3 meses.

3. Plan de Prevención, Preparación y Respuesta ante Accidentes Químicos

Los establecimientos clasificados como de riesgo mayor deben presentar:

  • A. Programa de Reducción de Riesgos y Respuesta ante Accidentes Químicos:
    • Incluye políticas de prevención, descripción de posibles accidentes, medidas de control, sistemas de alerta y procedimientos de atención.
  • B. Programa de Coordinación y Preparación Comunal:
    • Información para la comunidad sobre riesgos, mecanismos de aviso, rutas de evacuación y simulacros.

Beneficios del Reglamento

La aplicación de este reglamento implica nuevas obligaciones para las empresas, pero representa un avance significativo en la prevención y respuesta ante emergencias químicas en Costa Rica. Su objetivo principal es evitar pérdidas humanas, económicas y ambientales.


¿Cómo le apoyamos en AMCIS Consultores?

En AMCIS Consultores, le brindamos asesoría integral para garantizar el cumplimiento de esta normativa, mejorando la eficiencia operativa, reduciendo el impacto ambiental y promoviendo la sostenibilidad de su empresa.

Compartir

Facebook
WhatsApp
LinkedIn
Email